El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el órgano rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales para que cumpla con las atribuciones que, de conformidad con la legislación ambiental en general, corresponden al Estado, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible.
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MISIÓN
Regir la gestión del medio ambiente, los recursos naturales, los ecosistemas y sus servicios para conservar el patrimonio natural de la nación, alcanzar el desarrollo sostenible y así garantizar el derecho de la sociedad a un ambiente sano
VISIÓN
Ser una institución eficaz, eficiente y transparente en la gestión, de manera participativa, de la incorporación de la dimensión ambiental en las políticas públicas y en las decisiones y acciones de la sociedad, para contribuir al desarrollo sostenible del país.
- Calidad en el servicio
- Discreción
- Equidad
- Excelencia profesional
- Innovación
- Respeto del medio ambiente y los recursos naturales
- Respeto mutuo
- Responsabilidad
- Solidaridad
- Superación y esfuerzo
- Tolerancia
- Trabajo en equipo
- Transparencia
- Integridad
Atribuciones del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales contenidas en la Ley General de Medio Ambiente núm. 64-00:
Elaborar la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales del país;
Ejecutar y fiscalizar la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales;
Administrar los recursos naturales de dominio del Estado que les hayan sido asignados;
Velar por la preservación, protección y uso sostenible del medio ambiente y los recursos naturales;
Procurar el mejoramiento progresivo de la gestión, administración y reglamentación relativas a la contaminación del suelo, aire y agua, para la conservación y mejoramiento de la calidad ambiental;
Velar porque la exploración y explotación de los recursos mineros se realice sin causar daños irreparables al medio ambiente y a la salud humana;
Paralizar la ejecución de cualquier actividad minera cuando considere, sobre la base de estudios científicos, que la misma puede poner en peligro la salud humana y causar daños irreparables al medio ambiente o a ecosistemas únicos o imprescindibles para el normal desarrollo de la vida humana; y garantizar la restauración de los daños ecológicos y la compensación por los daños económicos causados por la actividad minera;
Controlar y velar por la conservación, uso e investigación de los ecosistemas costeros y marinos y sus recursos; de los humedales y la correcta aplicación de las normas relativas a los mismos;
Promover y garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos forestales y vigilar la aplicación de la política forestal del Estado y las normas que regulan su aprovechamiento;
Elaborar normas, revisar las existentes y supervisar la aplicación eficaz de la legislación, para garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales y mejorar la calidad del medio ambiente;
Orientar, promover y estimular en las instituciones privadas, organizaciones comunitarias y no gubernamentales, las actividades de preservación, restauración, conservación y uso sostenible del medio ambiente y la protección de los recursos naturales adecuando sus actividades a las políticas, objetivos y metas sobre medio ambiente y recursos naturales previstos por el Gobierno;
Propiciar la integración de la sociedad civil y las organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyectos destinados a la preservación y mejoramiento del medio ambiente;
Elaborar y garantizar la correcta aplicación de las normas para la conservación, preservación y manejo de las áreas protegidas y la vida silvestre;
Colaborar con el Ministerio de Educación en la elaboración de los planes y programas docentes que, en los distintos niveles de la educación nacional, se aplicarán en relación con el medio ambiente y los recursos naturales y promover con dicha Secretaría programas de divulgación y educación no formal;
Establecer mecanismos que garanticen que el sector privado ajuste sus actividades a las políticas y metas sectoriales previstas por el Gobierno;
Estimular procesos de reconversión industrial, ligados al uso de tecnologías limpias y a la realización de actividades de descontaminación, de reciclaje y de reutilización de residuos;
Estudiar y evaluar el costo económico del deterioro del medio ambiente y de los recursos naturales con el fin de que sean incluidos en los costos operativos y considerados en las cuentas nacionales;
Establecer el Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales;
Realizar, organizar y actualizar el inventario de la biodiversidad y de los recursos genéticos nacionales y diseñar y ejecutar la Estrategia Nacional de Conservación de la Biodiversidad;
Controlar y prevenir la contaminación ambiental en las fuentes emisoras.
Establecer las normas ambientales y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deberán sujetarse los asentamientos humanos, las actividades mineras, industriales, de transporte y turísticas; y, en general, todo servicio o actividad que pueda generar, directa o indirectamente daños ambientales;
Impulsar la incorporación de la dimensión ambiental y de uso sostenible de los recursos naturales al Sistema Nacional de Planificación;
Evaluar, dar seguimiento y supervisar el control de los factores de riesgo ambiental y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres provocados por fenómenos naturales y ejecutar directamente, o en coordinación con otras instituciones, las acciones tendientes a prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus efectos;
Proponer al Poder Ejecutivo las posiciones nacionales en relación a negociaciones internacionales sobre temas ambientales y sobre la participación nacional en las conferencias de las partes de los convenios ambientales internacionales; proponer la suscripción y ratificación; ser el punto focal de los mismos y representar al país en los foros y organismos ambientales internacionales en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores;
Colaborar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la formulación de la política nacional de población y en la realización de estudios y evaluaciones de interés común;
Promover, en coordinación con los organismos competentes, la realización de programas y proyectos para la prevención de desastres que puedan afectar el medio ambiente y los recursos naturales y la mitigación de los daños causados;
Coordinar con el Ministerio de Defensa y con la Policía Nacional, las acciones a ejecutar para asegurar la protección y defensa de los recursos naturales del país;
Cualquier otra atribución que se le asigne conforme a las leyes en materia ambiental.