Nombre Formal: Autorizaciones para importación, exportación y/o reexportación de especies, partes, productos o derivados de plantas y animales silvestre, regulados o no por la convención CITES (Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre).

Descripción del servicio

Este servicio incluye permisos de importación, exportación con fines de investigación científica. A los fines de importar un animal, una planta de caoba o cedro, importar cuernos, pieles, se requiere de este permiso de importación y exportación.

A quién va dirigido

Público en General

Para detalles de este servicio comunicarse a la Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales (Ventanilla Única),  Tel.: 809-567-4300 exts. 6150, 7150, 7151,7152, 7190

certificacionesmma

Requerimientos o requisitos

  • Formulario de solicitud para exportación, reexportación o importación de plantas, animales, productos, partes o derivados, debidamente completado.
  • En caso de exportacion 5 días hábiles; en caso de la importación desde el momento que la mercancía al territorio nacional 5-15 días hábiles dependiendo de la mercancía.
  • Certificado de fumigación, si es importación de madera. El país de origen.
  • Certificado de origen de la especie o producto, si aplica
  • Comunicación de embarque/desembarque (“Bill of landing, BL”)  si es  madera, si aplica. Entregado por la naviera.
  • Carta  de la institución que avala al investigador, si aplica.
  • En caso de permisos de exportación o importación con fines científicos o de investigación, se deberá anexar el Permiso de investigación correspondiente.
  • Para la exportación y/o reexportación de especies de plantas, animales, productos y derivados, los requisitos son:
  • a. En caso necesario, el interesado deberá presentar una prueba o constancia de la procedencia de las plantas, animales, partes, productos y/o derivados a exportar.
  • b. No se permitirá la exportación de especies silvestres nativas, excepto para fines científicos, a menos que el interesado posea un vivero o un zoocriadero debidamente registrado en la Dirección de Biodiversidad.
  • d. Cuando se trata de especies reguladas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), el permiso de exportación o de reexportación tendrá una validez de seis (6) meses a partir de la fecha de emisión.
  • e. Cuando las especies a exportar o reexportar no estén reguladas  por CITES el permiso expedido tendrá una validez de treinta (30) días, a partir de la fecha de expedición.
  • Para la importación de especies de plantas, animales, productos y derivados, los requisitos son:
  • a. Cuando se trata de especies incluidas en los Apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de  Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), el interesado deberá suministrar un certificado CITES de exportación de la Autoridad Administrativa de la Convención CITES del país de procedencia de las plantas, animales, incluyendo partes, productos y derivados.
  • b. El documento CITES debe ser original y deberá ser presentado por el interesado en el puerto de entrada a más tardar el día que se efectúe la inspección del espécimen o de la mercancía a importar.
  • c. En el caso de importación de plantas en que el certificado fitosanitario es equivalente al certificado CITES, el interesado debe presentar copia de dicho certificado del país de procedencia de la especie a importar.
  • d. El permiso de importación expedido tendrá una validez de treinta (30) días a partir de la fecha  de emisión, para especies de Apéndice II y especies no reguladas por CITES, y de seis  (6) meses para especies reguladas por el Apéndice I de la Convención CITES.
  • e. En el caso de importación de aves no se permitirá su entrada al país si la especie a importar está incluida en la Resolución No. 119/96 del 5 de diciembre del 1996, la cual prohíbe la importación de aves con potencial de convertirse en plaga para la agropecuaria y para otras especies de la fauna local.
  • f. El Ministerio Ambiente se reserva el derecho de solicitar cualquier otra información que estime conveniente para la expedición del permiso solicitado.

Procedimientos a seguir

  • Depositar solicitud en la Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales (Ventanilla Única)

[su_service title=”Horario de prestación” icon=”icon: clock-o” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]De Lunes a Viernes, de 8:00 a.m. hasta 1:00 p.m.[/su_service]

[su_service title=”Costo” icon=”icon: dollar” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]Establecido por resolución administrativa[/su_service]

[su_service title=”Tiempo de realización” icon=”icon: calendar” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]15 días laborables[/su_service]

[su_service title=”Chat en Linea” icon=”icon: wechat” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]Consulta sobre este servicio[/su_service]

[su_service title=”Preguntas?” icon=”icon: question-circle” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]Envianos tus preguntas[/su_service]

[su_service title=”Descargar ” icon=”icon: download” icon_color=”#ee3037″ size=”40″]Formulario
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