Requisitos para la habilitación sectorial de las Asociaciones Sin Fines de Lucro
La participación de las comunidades y los habitantes del país en la conservación, gestión y uso sostenible de los recursos naturales y del medio ambiente es un derecho que el Estado dominicano garantiza de múltiples maneras. Una de ellas es a través de la habilitación, registro y validación de las Asociaciones Sin Fines de Lucro del sector medioambiente, función que es desempeñada por la Dirección de Participación Social del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
De acuerdo con la Ley No. 122-05 y su Reglamento 40-08, las Asociaciones Sin Fines de Lucro son formadas mediante un acuerdo entre cinco o más personas físicas o jurídicas con la finalidad de fortalecer y desarrollar la sociedad civil, plural, democrática y participativa, al favorecer la realización de los objetivos de interés público o de beneficio para toda la sociedad.
Las Asociaciones Sin Fines de Lucro interesadas en pertenecer a la sectorial del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales deben presente que tanto su misión como sus objetivos han de estar enfocados en trabajos medioambientales.
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
REQUISITOS PARTICULARES
- Tres referencias institucionales que avalen su trayectoria.
- Organigrama de la ASFL, manual de funciones y puesto de los candidatos
- Experiencia técnica y proyectos ejecutados por la ASFL y/o de los técnicos
- Copia del decreto o resolución de la ASFL.
- Certificado emitido por el ayuntamiento o de la Oficina de Registro Civil.
Sistema de Gestión Integral para las ASFL
Listado de Asociaciones Sin Fines de Lucro Subvencionadas en el 2025
Mapa de las ASFL
Términos de Referencia de Solicitud de Subvención con cargo
al Presupuesto General del Estado de 2026
Resolución NÚM. 0007/2025 que conforma
a la Comisión Mixta de Habilitación