¿Quiénes somos?

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el órgano rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales para que cumpla con las atribuciones que, de conformidad con la legislación ambiental en general, corresponden al Estado, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible.

Misión

Regir la gestión del medio ambiente, los recursos naturales, los ecosistemas y sus servicios para conservar el patrimonio natural de la nación, alcanzar el desarrollo sostenible y así garantizar el derecho de la sociedad a un ambiente sano.

Visión

Ser una institución eficaz, eficiente y transparente en la gestión, de manera participativa, de la incorporación de la dimensión ambiental en las políticas públicas y en las decisiones y acciones de la sociedad, para contribuir al desarrollo sostenible del país.

Valores

Calidad en el servicio Discreción Equidad Excelencia profesional Innovación Respeto mutuo Responsabilidad Respeto del medio ambiente y los recursos naturales Solidaridad Superación y esfuerzo Tolerancia Trabajo en equipo Transparencia Integridad 

PRINCIPALES Funciones

• Elaborar la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales del país.

• Ejecutar y fiscalizar la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales.

• Administrar los recursos naturales de dominio del Estado que les hayan sido asignados.

• Velar por la preservación, protección y uso sostenible del medio ambiente y los recursos naturales.

• Procurar el mejoramiento progresivo de la gestión, administración y reglamentación relativas a la contaminación del suelo, aire y agua, para la conservación y mejoramiento de la calidad ambiental.

• Velar porque la exploración y explotación de los recursos mineros se realice sin causar daños irreparables al medio ambiente y a la salud humana.

• Paralizar la ejecución de cualquier actividad minera cuando considere, sobre la base de estudios científicos, que la misma puede poner en peligro la salud humana y causar daños irreparables al medio ambiente o a ecosistemas únicos o imprescindibles para el normal desarrollo de la vida humana; y garantizar la restauración de los daños ecológicos y la compensación por los daños económicos causados por la actividad minera.

• Controlar y velar por la conservación, uso e investigación de los ecosistemas costeros y marinos y sus recursos; de los humedales y la correcta aplicación de las normas relativas a los mismos.

• Promover y garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos forestales y vigilar la aplicación de la política forestal del Estado y las normas que regulan su aprovechamiento.

• Elaborar normas, revisar las existentes y supervisar la aplicación eficaz de la legislación, para garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales y mejorar la calidad del medio ambiente.

• Orientar, promover y estimular en las instituciones privadas, organizaciones comunitarias y no gubernamentales, las actividades de preservación, restauración, conservación y uso sostenible del medio ambiente y la protección de los recursos naturales adecuando sus actividades a las políticas, objetivos y metas sobre medio ambiente y recursos naturales previstos por el Gobierno.

• Propiciar la integración de la sociedad civil y las organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyectos destinados a la preservación y mejoramiento del medio ambiente.

• Estimular procesos de reconversión industrial, ligados al uso de tecnologías limpias y a la realización de actividades de descontaminación, de reciclaje y de reutilización de residuos.

• Estudiar y evaluar el costo económico del deterioro del medio ambiente y de los recursos naturales con el fin de que sean incluidos en los costos operativos y considerados en las cuentas nacionales.

• Establecer el Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales.

• Realizar, organizar y actualizar el inventario de la biodiversidad y de los recursos genéticos nacionales y diseñar y ejecutar la Estrategia Nacional de Conservación de la Biodiversidad;

• Controlar y prevenir la contaminación ambiental en las fuentes emisoras.

• Establecer las normas ambientales y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deberán sujetarse los asentamientos humanos, las actividades mineras, industriales, de transporte y turísticas; y, en general, todo servicio o actividad que pueda generar, directa o indirectamente daños ambientales.

• Impulsar la incorporación de la dimensión ambiental y de uso sostenible de los recursos naturales al Sistema Nacional de Planificación.

• Evaluar, dar seguimiento y supervisar el control de los factores de riesgo ambiental y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres provocados por fenómenos naturales y ejecutar directamente, o en coordinación con otras instituciones, las acciones tendientes a prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus efectos.

• Proponer al Poder Ejecutivo las posiciones nacionales en relación con negociaciones internacionales sobre temas ambientales y sobre la participación nacional en las conferencias de las partes de los convenios ambientales internacionales; proponer la suscripción y ratificación; ser el punto focal de los mismos y representar al país en los foros y organismos ambientales internacionales en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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