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Dirección de Planificación y Desarrollo – División de Habilitación y Seguimiento a las ASFL

809-567-4300 Ext. 6165

Sede Central, MMARN

Detalle del servicio

Certificación de habilitación a las Asociaciones Sin Fines de Lucros (ASFL) del sector Medio Ambiente y Recursos Naturales
Certificación de habilitación a las Asociaciones Sin Fines de Lucros (ASFL) del sector Medio Ambiente y Recursos Naturales

DESCRIPCIÓN
La habilitación es la aplicación a todas las asociaciones sin fines lucro que reciben o desean recibir fondos públicos u obtener el aval del Estado para fondo de cooperación internacional. Las ASFL del sector ambiental son reguladas por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la planificación, el trámite de subvención, la supervisión y evaluación de las ejecutorias conforme a las políticas públicas.
A QUIEN VA DIRIGIDO
Empresa privada/Persona jurídica.
CANALES DE PRESTACIÓN
Virtual
COSTO TOTAL DEL SERVICIO
Gratis.

Documentos Generales

  • Acta de asamblea vigente que designe o ratifique al Consejo de Administración o la Junta Directiva (Debidamente registrada por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente) y con las cédulas de identidad o pasaportes, escaneados de ambos lados.
  • Resolución de Incorporación y/o Resolución de Modificación Estatutaria (completa), expedida por la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente.
  • Estatutos Sociales (Debidamente registrados por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente).
  • Relación de membresía, actualizada, con los datos generales: nombres, nacionalidad, profesión, número de la cédula de identidad y electoral o pasaporte y dirección domiciliaria (Debidamente registrada por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente.
  • Certificado del Registro Nacional de Incorporación (RNI), expedido por la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente.
  • Certificado de registro de nombre comercial vigente, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
  • Acta o certificación del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
  • Informe o Memoria de las actividades desarrolladas desde su fundación al último año fiscal, en orden cronológico, indicando: fecha de ejecución, breve descripción del programa o actividad, sector del proyecto (Ej.: Salud, Educación, Deporte, etc.), población beneficiaria y cantidad aproximada, comunidad o zona impactada, colaboradores, donantes y/o lo que corresponda.
  • Estados financieros del último período fiscal certificados por un Contador Público Autorizado. En el caso de las asociaciones comunitarias, conforme el tratamiento especial que les confiere la ley, los estados financieros podrán ser preparados por el personal responsable de estas funciones en la organización.
  • Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), de que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones tributarias.

Documentos Particulares

  1. Tres referencias institucionales que avalen su trayectoria.
  2. Organigrama de la ASFL, manual de funciones y puesto de los candidatos.
  3. Experiencia técnica y proyectos ejecutados por la ASFL y/o de los técnicos que la conforman.
  4. Certificado emitido por el ayuntamiento o de la Oficina de Registro Civil.
Lunes - Viernes de 8:00am – 4:00pm.

Proceso de Habilitación Sectorial

    1. Presentación de la Solicitud:La organización debe completar y enviar el formulario correspondiente a través del menú “Solicitudes” del Sistema de Gestión Integral para las ASFL (SIGASFL), disponible en: https://sigasfl.gob.do.
    2. Evaluación Preliminar:La División de Habilitación y Seguimiento de las ASFL realiza una evaluación inicial del expediente presentado por la organización, a través de la plataforma SIGASFL. Posteriormente, los analistas de la División realizan una visita de inspección a las instalaciones de la organización, donde se lleva a cabo una verificación detallada del cumplimiento de todos los requisitos legales, administrativos y técnicos exigidos.
    3. Revisión por la Comisión Mixta de Habilitación:Una vez validada la documentación, se convoca a la Comisión Mixta de Habilitación para proceder con la revisión técnica del informe con los resultados de la evaluación e inspección. Los miembros de la Comisión Mixta de Habilitación analizan el cumplimiento de los criterios y requisitos establecidos para la habilitación sectorial.
    4. Emisión de la Certificación:En caso de cumplimiento satisfactorio, se otorga a la organización la certificación de habilitación correspondiente.
El tiempo de respuesta a las solicitudes es de 30 a 60 días, según lo establecido en la Ley 122-05 y su Reglamento 40-08